SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

denegó

La Jueza Penal de Sustancias Controladas Liquidadora y de Sentencia Penal Quinta de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución  25/2019 de 18 de junio, cursante de fs. 790 a 792 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Respecto a la problemática expuesta, el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronunció sobre la subsidiariedad de la acción de libertad mediante las SSCC “139/2011”, 0038/2011-R, 0160/2005-R y la 0008/2010-R, dejando establecido que la acción de libertad se encuentra regida por el principio de subsidiariedad excepcional y que la misma no procede en casos en que la norma procesal ordinaria prevé medios de defensa eficaces y oportunos; ii) El entendimiento asumido mediante la                    SCP 563/2015-S1 de 1 de junio, dispone que en supuestos en que el imputado sujeto a una investigación por parte del Ministerio Público, considere que se vulneraron sus derechos fundamentales, este debe acudir ante el Juez a cargo del control de la investigación conforme lo dispuesto en el art. 54.1 del CPP, incluso puede formular excepciones e incidentes, que son medios efectivos, idóneos y oportunos (Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0482/2013 de 12 de abril y 0187/2015-S1 de 26 de febrero); y, iii) El accionante acudió de manera directa a la jurisdicción constitucional, cuando de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada, debió acudir al Juez contralor de la investigación a efectos que por esta instancia se restituyan sus derechos supuestamente vulnerados.