Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
II.4.
II.4. Mediante Conminatoria MTEPS-JDTT-RPT-021/2019 de 13 de marzo, Richard Pilco Tapia, Jefe Departamental de Trabajo de Tarija, dispuso la reincorporación laboral de Nancy Irenia Rivera Valdez, al mismo cargo que venía desarrollando dentro de la CNS Regional Tarija, con igual remuneración, ordenando cancelarse “…los días que han causado el alejamiento de la trabajadora por ser plena responsabilidad de la institución” (sic), debiendo efectuarse el mismo, dentro del plazo de tres días hábiles a partir de su notificación (fs. 19 a 20).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. El cumplimiento obligatorio e integral de la conminatoria de reincorporación laboral
- la conminatoria de reincorporación debe ser acatada en su integridad, es decir, que el empleador una vez notificado con ésta, debe ejecutar todo lo que la Jefatura Departamental del Trabajo, hubiese ordenado realizar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR