Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la lesión de sus derechos a la petición, al trabajo y a la estabilidad laboral; en virtud a que, el Administrador de la CNS Regional Tarija –hoy demandado–, hasta la fecha de presentación de esta acción de amparo constitucional no dio cumplimiento a la Conminatoria MTEPS-JDTT-RPT-021/2019, pronunciada por la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija, pese haber sido notificado con la misma el 19 de marzo del indicado año.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. El cumplimiento obligatorio e integral de la conminatoria de reincorporación laboral
- la conminatoria de reincorporación debe ser acatada en su integridad, es decir, que el empleador una vez notificado con ésta, debe ejecutar todo lo que la Jefatura Departamental del Trabajo, hubiese ordenado realizar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR