SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
I.1.1
Como consecuencia de un arbitrario procedimiento administrativo, el Jefe Departamental de Trabajo La Paz, mediante Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/EVG/45/2015 de 14 de diciembre, dispuso la reincoporación laboral de Ángel Juvenal Pilco Huanca, el cual nunca fue trabajador dependiente de COBEE S.A.; asimismo, dicha Conminatoria se confirmó mediante Resolución Administrativa 019-16 de 21 de enero de 2016, que resolvió el recurso de revocatoria que interpusieron; de igual forma, la mencionada Resolución fue ratificada por la Resolución Ministerial 542/16 de 9 de junio del citado año, que a su vez resolvió el recurso jerárquico que oportunamente presentaron.
Agotada la vía administrativa, formularon demanda contenciosa administrativa contra la Resolución Ministerial 542/16, que fue resuelta por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia 156/2018 de 1 de noviembre, que declaró improbada la demanda que presentó COBEE S.A.
- acción de
- I.1.1
- a)
- b)
- c)
- I
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- concedió en parte
- d)
- f)
- g)
- h)
- II.1.
- II.2.
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- Fragmento 25
- III.2. Vinculatoriedad horizontal del precedente judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada