SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2019-S2
Fecha: 15-Oct-2019
I.1.1
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de avasallamiento, presentó ante el Juez de Instrucción Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz -autoridad ahora demandada-, incidente de actividad procesal defectuosa y excepción de prejudicialidad, resuelto mediante Resolución 240/2017 de 29 de agosto, que los declaró infundados. Por la presentación de acusación formal en su contra, el 21 de agosto de 2018 se remitió antecedentes ante el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del citado departamento, sin habérsele notificado con la resolución que resolvió el incidente y la excepción interpuestos, a objeto que haga uso del recurso de apelación.
Asimismo, radicada la causa en el Tribunal de Sentencia indicado, celebró audiencia de medidas cautelares, donde se le impuso detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, sin tener físicamente la imputación formal y estando pendiente de notificación la Resolución 240/2017, encontrándose indebidamente procesado por no habérsele concedido el derecho de impugnar y como consecuencia indebidamente detenido.
- acción de
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- David Kasa Quispe
- Dina Jenny Larrea López
- Daniel Roberto Chavez Quispe
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- i)
- III.1.
- Fragmento 16
- III.2. La notificación, presupuesto imprescindible para el ejercicio del derecho a la impugnación y defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- III.3.1. Con relación a las actuaciones de Dina Jenny Larrea López
- III.3.2. Con relación a las actuaciones de David Kasa Quispe
- CONFIRMAR en parte
- 3°
- 4° Ordenar
- MAGISTRADO
- [2]
- La eventualidad de impugnar un fallo desfavorable, posibilita que el administrado, reclame aspectos específicos que considera injustos a sus pretensiones, fundamentando en qué grado estas omisiones o distorsiones han afectado sus derechos