SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2019-S2
Fecha: 15-Oct-2019
III.3. Análisis del caso concreto
En el presente caso, el accionante denunció la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso en su componente de derecho a la impugnación; por cuanto, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de avasallamiento, presentó incidente de actividad procesal defectuosa y excepción de prejudicialidad, ante el Juzgado de Instrucción Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, que fueron resueltos mediante resolución 240/2017 de 29 de agosto, resolución que no le fue notificada, impidiéndole hacer uso del recurso de apelación; que habiéndose presentado acusación formal en su contra y de otros, el 21 de agosto de 2018, previo sorteo, se remitió antecedentes ante el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del mismo departamento, instancia que en audiencia de medidas cautelares impuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz; por lo que, solicita se conceda la tutela impetrada, se deje sin efecto los actuados del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del indicado departamento hasta la aplicación de la detención preventiva, se devuelvan obrados al Juzgado de Instrucción Penal Tercero de El Alto del referido departamento para que se le notifique con la Resolución 240/2017 y se expida mandamiento de libertad.
- acción de
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- David Kasa Quispe
- Dina Jenny Larrea López
- Daniel Roberto Chavez Quispe
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- i)
- III.1.
- Fragmento 16
- III.2. La notificación, presupuesto imprescindible para el ejercicio del derecho a la impugnación y defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- III.3.1. Con relación a las actuaciones de Dina Jenny Larrea López
- III.3.2. Con relación a las actuaciones de David Kasa Quispe
- CONFIRMAR en parte
- 3°
- 4° Ordenar
- MAGISTRADO
- [2]
- La eventualidad de impugnar un fallo desfavorable, posibilita que el administrado, reclame aspectos específicos que considera injustos a sus pretensiones, fundamentando en qué grado estas omisiones o distorsiones han afectado sus derechos