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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2019-S2

    Fecha: 21-Oct-2019

    III.1.  Sobre el

    Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su         art. 21.2 indica que: “Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley”.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1.  Sobre el
    • el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
    • por lo que inclusive el recurrido y otras personas han incoado demanda interdicta de retener la posesión
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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