SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
a
El peticionante de tutela a través de su abogado, reiteró los argumentos expuestos de su demanda y ampliando la misma, manifestó que: a) Se acompaña lista de las comunidades que se distribuyeron parcelas, zonificando los ex fundos correspondientes a cada comunidad así como nómina de campesinos de Collpacota y del ex fundo de Collpapampa, donde se encuentra ubicada su propiedad y familia; sin embargo, los señores de Collpacota que invadieron su sector están ubicados en “Viluyo” y en “Jiska Ocani” conforme nómina de personas del sector y Collpapampa corresponde a otra comunidad; b) La comunidad Collpapampa tiene sus propios comunarios y tiene propiedades que han sido adquiridas legítimamente como es su caso además que cumplen la función económico social no obstante de habérsele impedido del uso de aguas; c) Se constituye en un miembro originario, pretendiéndose asumir derechos a título de pertenecer a un sindicato; sin embargo, ello no puede ser motivo de confrontación, teniendo los originarios su estructura propia; d) Solicita se le brinde protección y auxilio disponiendo el cese inmediato de toda acción de vulneración a sus derechos de propiedad, paralización inmediata de la quema de campos, remitan al Ministerio Público para que procesen a los demandados por delitos ambientales y avasallamiento al margen de daños, perjuicios y costas; y, e) Finalmente refiere que si bien uno de los requisitos de la acción de amparo constitucional es la subsidiariedad; sin embargo, cuando se tratan de vías de hecho o justicia por mano propia como en el presente caso que no se ha tenido un debido proceso actuando de manera violenta, siendo inminente la vulneración a sus derechos además de haberse utilizando un bien público para cometer el hecho ilícito como el tractor dotado por el Estado, ésta acción se encuentra exenta del requisito de subsidiariedad.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a
- 1)
- i)
- : a)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.2. La armonía y el equilibrio como principales finalidades de la resolución de controversias en las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- III.3.
- Fragmento 28
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte