SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

1)

Rubén Medinaceli Ortiz, Senador de la Asamblea Legislativa Plurinacional y Presidente de la Comisión Especial Mixta de Investigación de la Privatización y Capitalización, mediante escrito de 31 de agosto de 2018, cursante de                  fs. 441 a 443 vta., señaló que: 1) La parte accionante no aduce que se realice una interpretación o aplicación de la legalidad ordinaria, pero por otra parte, contrariamente a lo manifestado señala que lo que se denuncia es una presunta interpretación equivocada de los arts. 112 y 123 de la CPE que habrían realizado los demandados a tiempo de resolver a excepción de extinción de la acción penal por prescripción, incurriendo así en una acción carente de nexo causal entre el derecho aludido y los presupuestos del hecho invocado como lesionado; 2) La revisión de la legalidad ordinaria se pide cuando existe un cuestionamiento sobre la labor interpretativa, aspecto que pone en evidencia la incoherencia de la formulación planteada por el impetrante de tutela, porque por un lado, hace referencia a que el objeto de la acción de amparo constitucional no hace a la interpretación ni aplicación de la legalidad ordinaria, pero al mismo tiempo pide la interpretación de los arts. 112 y 123 del texto constitucional; 3) El demandante de tutela en una igual acción de defensa interpuesta con anterioridad, que generó la SCP 0704/2017-S3, ya se refirió a la interpretación de la legalidad ordinaria, oportunidad en la que el órgano de control de constitucionalidad denegó la tutela sobre dicho aspecto específico; y, 4) La jurisprudencia constitucional contenida en la SCP 0235/2015-S1 de 26 de febrero, determinó claramente la inviabilidad de la tutela mediante la acción de amparo constitucional de principios como el de seguridad jurídica.