Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0996/2019-S1
Fecha: 09-Oct-2019
I.2.1. Ratificación de la acción
Con el uso de su derecho a la réplica, aclaró que efectivamente COATRI Ltda. fue a la reunión; sin embargo, no pueden aprobar ilegalidades ni hacer un comodato y revalidar el remate porque al aceptar se estaría convalidando el hecho de que están rematando bienes de utilidad pública, lo que no pueden permitir.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR