SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2019-S1

Fecha: 21-Oct-2019

para que el superior en grado conozca y resuelva el recurso, instancia que a su vez tiene tres días para emitir pronunciamiento, plazos que tienen su razón de ser en los derechos que se hallan de por medio como es la libertad del procesado, el cual puede ser objeto de dilaciones tendentes a retardar la definición de su situación jurídica

Así también la SCP 1874/2014 de 25 de septiembre, estableció que: 'En virtud del art. 180.II de la CPE, toda resolución de aplicación de medidas cautelares o que resuelva una solicitud de cesación a la detención es susceptible de impugnación, posibilidad que se encuentra reconocida por el art. 251 del CPP, y ante la formulación de una apelación el juez de primera instancia se encuentra compelido a enviar en un plazo no mayor a veinticuatro horas toda la documentación necesaria para que el superior en grado conozca y resuelva el recurso, instancia que a su vez tiene tres días para emitir pronunciamiento, plazos que tienen su razón de ser en los derechos que se hallan de por medio como es la libertad del procesado, el cual puede ser objeto de dilaciones tendentes a retardar la definición de su situación jurídica”’ (las negrillas son nuestras).