SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2019-S1

Fecha: 21-Oct-2019

1)

El accionante a través de su representante sin mandato, en audiencia se ratificó en la acción de libertad interpuesta y ampliándola señaló que: 1) La Jueza ahora demandada no cumplió con lo dispuesto por el Tribunal de garantías en otra acción de libertad planteada, al no haber señalado la audiencia de cesación a la detención preventiva dentro de las cuarenta y ocho horas; 2) La referida autoridad judicial, no obstante de ya haber remitido el recurso de apelación que planteó al Tribunal Departamental de Justicia; empero, no lo hizo dentro de las veinticuatro horas sino fuera del plazo establecido por norma; es decir, más de las setenta y dos horas; 3) La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, donde radicó el referido recurso, señaló que devolvería obrados al Juzgado de Sentencia Penal de origen por incumplimiento de formalidades, lo que da lugar a que se encuentre privado de su libertad arbitrariamente por decisión de la autoridad judicial ahora demandada; y, 4) En cuanto a la Secretaria Abogada del mencionado Juzgado de Sentencia, fue demandada en la presente acción de libertad, porque la autoridad judicial codemandada señaló que la dicha funcionaria de apoyo jurisdiccional era la responsable de efectuar todas las remisiones; sin embargo,  la titular del Juzgado de Sentencia Penal Segundo es quien debió haber revisado que la remisión se haga conforme a procedimiento.