SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S3

Fecha: 14-Nov-2019

denegó

La Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 16 de septiembre de 2019, cursante de fs. 205 a 208 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Los arts. 388 y 395.II.1 del Código Procesal Civil (CPC), sobre el proceso monitorio de entrega de bien establecen que únicamente prima el derecho a la propiedad, mismo que en el proceso referido fue acreditado por Alfredo Ernesto Árias Lora con registro a su nombre en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo Folio Real con Matrícula 3.01.1.99.0022716, Asiento A-2 de 18 de abril de 2017; 2) El Juez de la causa simplemente dispuso la medida de desapoderamiento que correspondía, cuya ejecución mal pudo lesionar los derechos de la accionante que en todo momento estableció que solo tiene la posesión del referido bien en base a una relación contractual con Carlos Antonio Bazán Vargas, lo que debió servirle para iniciar las acciones respectivas y no buscar a través de la acción de amparo constitucional la protección de un derecho que no posee y del que devienen los identificados en esta acción tutelar y que según su percepción fueron conculcados con la orden de desapoderamiento emitida por el Juez demandado; y, 3) Se infiere que, después de plantear la presente acción tutelar y aún de encontrarse pendiente de resolución por el Tribunal de alzada el recurso de apelación contra el auto que rechazó su apersonamiento como tercera interesada en el proceso monitorio de entrega de bien, en el acta de constancia de ejecución que corre en obrados de la orden de desapoderamiento de la oficina cuatro del piso tres del edificio “Bazan”, se encuentra consignada la identidad, firma y rúbrica de la solicitante de tutela, conducta que constituye un acto consentido que a través de esta acción tutelar pidió que no se ejecutará.