Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S3
Fecha: 14-Nov-2019
II.2.
II.2. Cursa Auto de 19 de abril de 2018, por el que la autoridad judicial hoy demandada, rechazó el apersonamiento de Jazmín Pamela Caballero Flores -hoy accionante-, como tercera interesada “…pudiendo activar los mecanismos legales correspondientes a efectos de hacer valer sus derechos” (sic), y anuló obrados hasta “fs. 13” inclusive, dejando sin efecto la diligencia de citación al demandado, debiendo procederse con este actuado en su domicilio real certificado por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP [fs. 90 a 93 vta.]).
- acción
- ENTREGA FISICA DE LA OFICINA SIGNADA COMO 3 del piso 4 del Edificio BAZAN
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- de ese entendimiento jurisprudencial, se extraen las siguientes reglas y sub reglas de improcedencia de amparo por subsidiariedad cuando:
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR