SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2019-S3
Fecha: 14-Nov-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de violencia psicológica, verbal y física seguido en su contra en el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Primero de Cobija del departamento de Pando, se emitió la Sentencia V.F.P-004/2019 de 28 de marzo, declarando probada en parte la denuncia, sancionándoles con la prestación de servicio a la comunidad, a cumplirse en el plazo de tres meses en el Centro de acogimiento de niños dependiente del Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES); contra tal fallo activaron recurso de apelación, en aplicación del art. 315.II.f del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA) alegando que la decisión se basó en hechos inexistentes, no acreditados y con valoración defectuosa de la prueba; ya que, en los Informes Psicológicos de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y del Equipo Interdisciplinario del referido Juzgado se estableció que los menores no presentaron sintomatología patológica que pueda corroborar un daño psicológico manifiesto. También invocaron el art. 315.II.h del Código precitado, para denunciar la incongruencia entre la acusación fiscal y la Sentencia; toda vez que, desde un principio la denuncia estuvo mal planteada; y observada como fue, no se subsanó la misma.
Los Vocales demandados dieron absoluto valor a la entrevista efectuada a los menores sin considerar los Informes ya referidos, dando por hecho el maltrato, dejando de lado las pruebas base del proceso; asimismo, concluyeron que los hechos ocurrieron cuando los menores estaban bajo la guarda de Delmira Torrico Pinto Vda. de Herrera; empero, conforme a la Sentencia 38/2015 de 20 de noviembre, se estableció que la guarda la tuvo la prenombrada por un año, desde 2015 hasta 2016 y los supuestos hechos se produjeron el 2018, cuando ya no vivían en su casa, sino con su abuela materna, aspecto que fue interpretado de manera equivocada por los demandados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR