SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2019-S3

Fecha: 14-Nov-2019

Resolución de primera instancia

“…No es del todo evidente lo que sostiene el demandado en el sentido de que debe ser un ingeniero agrónomo el perito por tratarse de bien rústico. Los profesionales de esta clase tienen otra función relacionada esencialmente con el tratamiento de la tierra y sus cultivos, no para establecer valores.

También, “…De lo dicho queda claro que no existe ningún motivo para que el perito designado realice su trabajo profesional y menos por los motivos que se exponen. Por lo mismo, tampoco la petición de reposición de su nombramiento tiene sustento pues, como se dijo, no existe infracción de ninguna norma procesal y tampoco se ha incurrido en error en el nombramiento” (sic).