SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2019-S3

Fecha: 15-Nov-2019

II.5.

II.5.    Se tiene la Hoja de Ruta Rectorado “Gestión 2019” 3336 de 25 de junio de 2019, por la cual el Rector de la Universidad Amazónica de Pando, ordenó a la Dirección Administrativa Financiera (DAF) que con relación a la solicitud de trabajo impetrada por el accionante en dicha fecha, se proceda a “Evaluar para fines consiguientes” (sic); esta a su vez derivó lo ordenado el 1 de julio del mismo año, a la unidad de RR.HH. indicando que remita respuestas considerando la “…SITUACIÓN DE PPTO LIMITADO” (sic); finalmente la Unidad mencionada, estableció en la misma Hoja de Ruta que “Como indica el DAF, la UAP se encuentra con presupuesto limitado, asimismo las contrataciones se realizan a principio de gestión en base a requerimiento presentado por la Dirección” (sic [fs. 13 y vta.]).