SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2019-S3

Fecha: 18-Nov-2019

a)

Carla Patricia Oller Molina, Fiscal Departamental de Tarija en suplencia legal del codemandado Aimore Francisco Álvarez Barba, mediante informe escrito presentado el 6 de diciembre de 2018, cursante de fs. 34 a 35 vta., manifestó que: a) La acción interpuesta es improcedente, por cuanto quebranta la naturaleza subsidiaria de este tipo de tutela constitucional; pues, el no permitirle la proposición y efectivización de actos investigativos, constituyen defectos absolutos de acuerdo al art. 169 inc. 3) del CPP; por lo cual, debieron ser reclamados ante el Juez de control jurisdiccional; b) No es aplicable la excepción a la subsidiariedad, por cuanto no existió la inminencia de un daño irreparable; c) En virtud al principio de unidad que rige las actuaciones del Ministerio Público, la Fiscal Departamental, no solo puede supervisar las labores del inferior, sino que también pude reencausarlas, sin que ello sea entendido como una vulneración de derechos fundamentales; y, d) No se denegó la realización de la pericia informática, sino únicamente se dispuso que la misma se efectúe a través del IDIF; por ende, se tiene que el accionante no acreditó a través de ningún medio que se le haya lesionado sus derechos y garantías constitucionales.

Maggi Susana Corrillo Romero, ex Fiscal Departamental de Tarija, codemandada en la presente acción tutelar, conforme a lo expresado en el informe de representación elaborado por la Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial Séptimo de la Capital del departamento de Tarija y la providencia de fs. 80 vta., no fue citada con la acción de amparo constitucional y el auto de admisión; por cuanto, al haberse operado cambio de Fiscal ya no tendría domicilio laboral en las oficinas de la Fiscalía Departamental de Tarija. Dicha información sobre la falta de notificación fue recibida en el Juzgado de garantías el 2 de enero de 2019 (fs. 81).