SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0998/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0998/2019-S2

Fecha: 18-Nov-2019

i)

Marco Antonio Maraz Castillo, Juez de Instrucción Penal Primero de Yacuiba del departamento de Tarija, por informe escrito cursante en fs. 104, señaló que:          i) Actuó en suplencia legal de su similar Tercero al resolver la situación de detención preventiva con fines de extradición por parte de la INTERPOL Yacuiba; ii) El 13 de mayo de 2019 se comunicó a la autoridad jurisdiccional, sobre la detención de la ahora accionante, ante ese hecho, emitió la providencia de 14 del referido mes y año, en la cual solicitó al Director Regional de la INTERPOL de Yacuiba aclare su petición y se pronuncie sobre la existencia o no del auto supremo en el que se dispone la detención preventiva con fines de extradición de la peticionante de tutela, pedido que fue respondido adjuntando únicamente una sentencia condenatoria contra la demandante de tutela, pero no así sobre la existencia o no de la indicada resolución; iii) El 15 de mayo de 2019, y a raíz de la solicitud precedentemente señalada, se puso en conocimiento del Fiscal de turno, mismo que se pronunció sobre el procedimiento de la extradición y las competencias de los funcionarios policiales; refiriendo además que el Ministerio Público no sería competente y que la ahora demandante de tutela no tiene proceso pendiente de acuerdo al Sistema del Ministerio Público; y, iv) Con la última respuesta, emitió el Auto de 16 de mayo de 2019, en el cual se declaró incompetente para disponer la detención preventiva de la solicitante de tutela, siendo que la única autoridad competente llamada por ley para dicho efecto, es la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, debiendo los funcionarios policiales de la INTERPOL, regirse por el protocolo de actuaciones de dicha institución.