Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
II.1.
II.1. Cursa nota CITE G.G. 37/2019 de 12 de marzo; por la cual, la entidad ahora accionante, solicitó al Jefe Departamental Administrativo y Financiero a.i. de la Caja Petrolera de Salud (CPS) de Cochabamba, dejar sin efecto la nota CITE: AD/CB/JDAF/0288/19 de “Remisión de Nota de Aviso” CE-01/2019 emitida por la Unidad de Control de Empresas de la misma institución, el 22 de febrero de 2019 por la suma de Bs126 346, 49 (ciento veintiséis mil trescientos cuarenta y seis 49/100 bolivianos)( fs. 22 a 24).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Informe de las terceras interesadas
- improcedencia
- I.2.5. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución, lo que significa que el Estado está obligado a resolver la petición. Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa
- ya sea exponiendo las razones del por qué no se la acepta, explicando lo solicitado o dando curso a la misma, en cualquiera de estos casos donde se omita dar los motivos sustentados legalmente o de manera razonable, se tendrá como se dijo vulnerado el derecho
- no puede quedar en la psiquis de la autoridad requerida para resolver la petición, ni al interior de la entidad a su cargo, sino que debe ser manifestada al peticionante
- se encuentra satisfecho no únicamente por una respuesta emitida por la autoridad, sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición
- no queda satisfecha con una mera comunicación verbal, sino que es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- REVOCAR