SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S2

Fecha: 22-Nov-2019

a)

La parte accionante ratificó inextenso la acción tutelar planteada, y agregó señalando: a) El Fiscal Departamental al dictar su Resolución, ahora impugnada, sostuvo que la denunciante demostró su derecho propietario sobre los terrenos en cuestión, como la posesión de los mismos, sin haber efectuado una correcta valoración de los medios probatorios, que la misma denunciante los aludió, entre los que está el documento privado de transferencia que realizó el 2006, a su favor de 35 has, además del informe del Corregidor de Puerto Rico e informe de la autoridad del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) que acredita la transferencia de las mencionadas hectáreas y que producto de ese proceso técnico jurídico de saneamiento, solamente están usufructuando 30 has, lo que desvirtúa lo aseverado por el demandado que no cuenten con los medios probatorios de titulación; y, b) De las 30 has, existe la del conflicto y que origina la presente acción de defensa y que ya forma parte del radio urbano de Puerto Rico; empero, esa hectárea ha sido sometida a un proceso administrativo municipal urbanístico, el proyecto ha sido aprobado y debidamente inscrito en el registro público de Derechos Reales (DD.RR), elemento esencial que fue omitido por el Fiscal Departamental; es decir que una de las hectáreas forma parte del radio urbano, cuya documental no fue valorada por el demandado y esa conducta omisiva, ha conllevado a referir de manera concreta, que no tienen ningún derecho propietario sobre ese terreno ahora en conflicto; solicitando se conceda la tutela.