SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro de la relación laboral que tenía con la empresa demandada, a través de distintos contratos suscritos desde la gestión 2015, venía cumpliendo regularmente sus funciones como Auxiliar Mecánico en la Planta de Generación Sub Sistema de Bermejo, hasta que en septiembre de 2018, puso a conocimiento de su empleador el estado de embarazo de su esposa, habiendo recibido por ello el vale correspondiente para que recoja los subsidios de octubre de 2018; empero, pese a que su empleador conocía sobre la situación de embarazo de su cónyuge, el representante legal de la entidad demandada, de manera intempestiva e injustificada, procedió retirarlo de la empresa, y no obstante haber solicitado su reincorporación a la indicada autoridad, su petición no fue atendida favorablemente.
Ante la negativa del empleador de restituirlo al trabajo, tuvo que acudir a la Jefatura Regional de Trabajo de Bermejo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que luego de haber analizado su caso y seguido los procedimientos correspondientes, emitió la Conminatoria 001/2019 de 17 de enero, por la cual se dispuso su reincorporación al trabajo, la misma que fue incumplida por la parte empleadora, que al contrario, interpuso recurso de revocatoria contra la señalada Conminatoria, el cual sin embargo, fue rechazado mediante Resolución Administrativa (RA) JRTBJO/JPG 001/2019 de 15 de febrero, confirmando en todas sus partes la Conminatoria 001/2019; no obstante ello, la autoridad demandada continuó incumpliendo lo resuelto por la autoridad indicada, que pese a la expresa solicitud de que se acate la misma se respondió indicando que, ello no era posible debido a que presentaron recurso jerárquico.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del derecho fundamental a la estabilidad e inamovilidad laboral
- III.2. De los contratos por cierto tiempo en el marco de la Ley General del Trabajo. Supuestos de inamovilidad laboral
- La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra
- III.3. De la verificación de la concurrencia de los supuestos de inamovilidad laboral en los contratos por cierto tiempo. Tutela temporal de la conminatoria de reincorporación
- III.4. De la obligatoriedad del cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte