Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2019-S2
Fecha: 27-Nov-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de estafa agravada; en el Juzgado de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Chuquisaca, a solicitud de las víctimas Nelson Coa Soto y Severino Nina Coa, se aplicó la medida cautelar de detención preventiva por la concurrencia de los riesgos procesales establecidos en los arts. 234.1 -por el elemento trabajo- y 10 -por el peligro efectivo para la sociedad-; y, 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que se encuentra cumpliendo en el Centro Penitenciario de San Roque de Sucre del citado departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.3.1.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1.
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- III.2. Las condiciones materiales y formales de la privación de libertad: El principio de legalidad, especial referencia a las condiciones materiales de validez de la privación de libertad, la carga argumentativa y probatoria
- a pedido fundamentado del fiscal o de la víctima,
- [4]
- Con relación al segundo requisito
- El riesgo procesal debe ser acreditado por la parte acusadora
- III.3.
- REVOCAR
- ii)
- MAGISTRADO