SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2019-S1

Fecha: 26-Nov-2019

i)

En uso de la réplica el abogado de la accionante manifestó que: i) Las autoridades demandadas hicieron referencia a sentencias constitucionales, pero no señalaron de forma especifica cuáles; también mencionaron el art. 245 del CPP, norma que establece, que la libertad solo se hará efectiva luego de haber otorgado fianza, lo cual en su caso ya se concretó y está además la notificación al Comandante Departamental de la Policía Boliviana de Oruro, consiguientemente, no existe razón para seguir con detención preventiva; y,              ii) Los Jueces demandados, también hicieron referencia al principio de subsidiariedad; sin embargo, la amplia jurisprudencia constitucional en estos temas donde se afecta la libertad de manera abusiva, señaló que se puede omitir dicho principio; pero, lo que llama la atención es lo vertido por el Juez Julio Huarachi Pozo, quien señaló que desde la promulgación del Código de Procedimiento Penal se ha venido tramitando de esa forma; de modo que si es así, se mantienen en la equivocación, por lo que si no está en la ley es ilegal y si no está en el Auto de Vista 89/2019, entonces se está agravando las medidas sustitutivas a la detención preventiva ya impuestas.