SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2019-S1

Fecha: 26-Nov-2019

II.1.

II.1.  Por Auto de Vista de 89/2019 de 4 de junio, los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, revocaron la Resolución 330 de 17 de mayo de 2019, (que rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva solicitada por Paola Alejandra Buitrago Estrada –ahora accionante–), declarando fundada dicha solicitud y disponiendo medidas sustitutivas a la detención preventiva, establecidas en el art. 245 del CPP, siendo las mismas: 1) Detención domiciliaria a cumplirse en su domicilio acreditado, disponiendo la notificación a la Dirección Departamental de la Policía Boliviana de Oruro a efectos de que pueda realizar la vigilancia esporádica cada quince días; además por el derecho al trabajo que le asiste a la imputada se señala para su ejercicio horarios hábiles de 8:00 a 18:30 de lunes a viernes; 2) La presentación cada veintiun días ante el Ministerio Público y el “Órgano Jurisdiccional de Origen” para suscribir los libros correspondientes y registrarse en el sistema biométrico; 3) El arraigo nacional, para lo cual debe notificarse a la Dirección Departamental de Migraciones de Oruro, debiendo cumplir dicha medida en el plazo de quince días a partir de la devolución de los antecedentes al Juzgado de origen; 4) Prohibición de acercarse al BDP y a cualquier otro sujeto involucrado en el presente caso; 5) Prohibición de concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; y, 6) Presentación de dos garantes personales abonables en derecho, conforme exige el       art. 243 del CPP (fs. 2 a 7 vta.).