SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2019-S1

Fecha: 29-Nov-2019

1)

Posteriormente, la peticionante de tutela haciendo uso de la palabra, manifestó que: 1) Es evidente que el certificado médico que presentó es del SUMI; 2) El mismo día que se le entregó el Memorando de agradecimiento de servicios, solicitó el uso de vacaciones que le fueron negadas, sin embargo, le fueron canceladas; 3) Las veces que se constituyó a la Fiscalía Departamental de Santa Cruz                           lo hacía acompañada de su padre por su delicado estado de salud; 4) No pueden aseverar que no se encontraba embarazada desde el 13 de noviembre de 2018, pues la certificación del médico así lo estableció; 5) No acudió a la CNS por las largas filas que se realizan y dada su condición; 6) No es posible que le pidan un certificado de la entidad de salud; toda vez que, ya no cuenta con el seguro desde el 23 de abril de 2019, motivo por el cual recurrió al Centro Médico “El Carmen” que es el más próximo a su domicilio; y, 7) No es cierto que se embarazó para que no la “botaran” de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, pues está en estado de gravidez desde el 13 de noviembre de 2018, porque el médico así lo estableció y no por invento, por lo que solo pide lo que le corresponde.