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    VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0079/2019
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0079/2019

    Fecha: 20-Nov-2019

    II.2.2.

    De conformidad con lo establecido por el art. 158.I.6 de la CPE, es atribución de la Asamblea Legislativa Plurinacional: “Aprobar la creación de nuevas unidades territoriales y establecer sus límites, de acuerdo con la Constitución y con la ley”. En el mismo sentido, la LMAD en su art. 16.I. dispone que: “La modificación y delimitación de las unidades territoriales está sujeta a lo dispuesto en la ley que regula las condiciones y procedimientos para el efecto”.

    • a)
    • II.1.    Razones jurídicas de orden procesal constitucional de la disidencia. La posibilidad de formular votos disidentes por parte de la Magistrada Relatora
    • 1)
    • Ubicación de su jurisdicción territorial
    • la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, que en su art. 62 fija los contenidos mínimos que deben tener los estatutos y cartas orgánicas
    • la ubicación de su jurisdicción territorial
    • II.2.2.
    • Delimitación de Unidad Territorial
    • colindancia
    • conjunto de actividades técnicas y científicas, mediante las cuales se identifican, precisan, actualizan, codifican y georreferencian en el terreno y se representan cartográficamente en un mapa los elementos descriptivos del límite de una unidad territorial
    • colindancias
    • II.2.3.     Análisis del párrafo cuya disidencia se expresa
    • MAGISTRADA

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