VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0079/2019
Fecha: 20-Nov-2019
la ubicación de su jurisdicción territorial
De lo señalado se concluye que las normas institucionales básicas, deben incorporar dentro de sus contenidos, entre otros aspectos, la ubicación de su jurisdicción territorial. Consecuentemente, en control previo de constitucionalidad de los estatutos autonómicos y cartas orgánicas, la justicia constitucional tiene el deber de exigir el cumplimiento riguroso de este mandato, de manera que, si se advierte la inexistencia de este contenido mínimo, corresponde declarar la incompatibilidad del proyecto, ordenando al estatuyente cumpla con los contenidos mínimos dispuestos en el art. 62 de la LMAD.
Por consiguiente, resulta permisible que las ETA municipales, a efectos de cumplir con el desarrollo de los contenidos mínimos en sus normas institucionales básicas, respecto a la ubicación de su jurisdicción territorial, además de citar el departamento, provincia, al que pertenece la unidad territorial, hagan alusión a las colindancias y coordenadas; ya que, como ya se señaló precedentemente, las mismas solamente representan una referencia cardinal y nominal, así como los valores que permiten señalar la ubicación geográfica de la unidad territorial.
- a)
- II.1. Razones jurídicas de orden procesal constitucional de la disidencia. La posibilidad de formular votos disidentes por parte de la Magistrada Relatora
- 1)
- Ubicación de su jurisdicción territorial
- la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, que en su art. 62 fija los contenidos mínimos que deben tener los estatutos y cartas orgánicas
- la ubicación de su jurisdicción territorial
- II.2.2.
- Delimitación de Unidad Territorial
- colindancia
- conjunto de actividades técnicas y científicas, mediante las cuales se identifican, precisan, actualizan, codifican y georreferencian en el terreno y se representan cartográficamente en un mapa los elementos descriptivos del límite de una unidad territorial
- colindancias
- II.2.3. Análisis del párrafo cuya disidencia se expresa
- MAGISTRADA