SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2019-S4
Fecha: 04-Dic-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El solicitante de tutela a través de su abogado, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la acción de libertad presentada, y ampliando la misma manifestó que se determinó la improcedencia de su cesación a la detención preventiva bajo el pueril argumento de que el contrato de anticresis sobre el referido inmueble estaría caduco, sin considerar que las documentales adjuntas consistentes en: certificación del SERECI, informe rápido declaración jurada voluntaria y cédula de identidad de Federico Morales Hinojosa, verificación policial domiciliaria, muestrario fotográfico, son posteriores a la supuesta fecha de caducidad, por lo que la determinación de mantener su detención constituye desconocimiento de su domicilio y derecho a una vivienda, así como de la jurisprudencia constitucional señalada en la SCP 1290/2015-S1 de 2 de diciembre que establece el derecho de retención en un caso análogo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba
- es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final;
- III.2.
- 1)
- CONFIRMAR