Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2019-S4
Fecha: 04-Dic-2019
Fragmento 12
El accionante a través de su representante sin mandato, alega que se vulneraron sus derechos a la libertad y al debido proceso; toda vez que, en dos oportunidades solicitó la cesación de la detención preventiva ante las autoridades ahora demandadas respectivamente; solicitudes que fueron admitidas mediante proveídos fijándose día y hora para su consideración; empero, las mismas, sin motivo alguno no se llevaron a cabo, bajo el argumento de que fueron dejadas sin efecto a último momento; por lo que, se generó una dilación indebida quedando en incertidumbre la resolución de su situación jurídica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- a)
- denegó
- I.2.4.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- III.1.
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- tramitadas, resueltas
- debió proceder a su consideración, sobre todo tomando en cuenta que ya existía audiencia señalada al efecto y todavía no se procedió a la radicatoria de la causa ante el mencionado Tribunal de Sentencia
- III.3.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- REVOCAR