SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S2

Fecha: 03-Dic-2019

La decisión final que conceda la Acción de Amparo Constitucional será ejecutada inmediatamente y sin observación

La decisión final que conceda la Acción de Amparo Constitucional será ejecutada inmediatamente y sin observación. En caso de resistencia se procederá de acuerdo con lo señalado en la Acción de Libertad. La autoridad judicial que no proceda conforme con lo dispuesto por este artículo, quedará sujeta a las sanciones previstas por la ley (las negrillas son añadidas).