SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2019-S2
Fecha: 03-Dic-2019
Huanca
El accionante fue identificado como Lucio Estibhe Nina Huanca -demanda de acción de libertad, Auto de admisión de la acción tutelar, Orden de conducción de privado de libertad, acta de la audiencia y Resolución 12/2019 emitido por el Tribunal de garantías- y como Lucio Estibhe Nina Cachaca -imputación formal, decreto de 27 de julio de 2019 de señalamiento de audiencia cautelar y acta y Resolución del Tribunal de garantías-; sin que su identidad correcta haya sido esclarecida; razón por la cual, corresponde exhortar al Tribunal de garantías para que en similares circunstancias futuras, adopte las medidas pertinentes para verificar la verdadera identidad de las partes, con el fin de garantizar la eficacia de las resoluciones a emitirse.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- , empero para ello, previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, operando la acción de libertad solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- no corresponde ingresar al
- Huanca
- CONFIRMAR
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.