Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2019-S2
Fecha: 03-Dic-2019
II.2.
II.2. Mediante decreto de 27 de julio de “2017”, el Juez de Instrucción Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz -ahora demandado- señala audiencia de consideración de medidas cautelares, a efectos de definir la situación jurídica del imputado Lucio Estibhe Nina “Cachaca” -ahora accionante- para el 27 de julio de 2019, a horas 11:30, decreto que fue notificado al demandante de tutela en igual fecha, a horas 09:30 (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- , empero para ello, previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, operando la acción de libertad solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- no corresponde ingresar al
- Huanca
- CONFIRMAR
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.