SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2019-S2

Fecha: 05-Dic-2019

III.2.  La legitimación pasiva en la acción de libertad

La jurisprudencia constitucional contenida en la SC 691/01-R de 9 de julio de 2001[1], definió la legitimación pasiva señalando que ésta debe ser entendida como la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquella contra quien se dirige la acción. Posteriormente, a la luz de la Constitución Política del Estado vigente, la        SC 0010/2010-R de 6 de abril[2] estableció que es posible activar la acción de libertad contra un servidor público o un particular, entendimiento ratificado por la SC 0900/2010-R de 18 de agosto.