SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2019-S4

Fecha: 18-Dic-2019

concedió

La Sala Constitucional Tercera de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 111/2019 de 29 de julio, cursante de fs. 84 a 86 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que al estar en trámite el recurso de revocatoria planteado por el solicitante de tutela, los funcionarios municipales demandados se abstengan de realizar cualquier acto que atente contra la actividad de trabajo de éste, mientras no se conozca el fallo a ser emitido y se pronuncie la resolución de revisión de la acción de amparo constitucional; decisión efectuada en mérito a los siguientes fundamentos: i) El Gobierno Autónomo Municipal de Viacha del citado departamento, expidió la Notificación GAMV/SG/DG/IMV/06/2019, instruyendo al accionante que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, retire el candado de su puesto de venta y sus enseres, conforme ordenó la RA 001/2016, advirtiendo que ante su incumplimiento se haría uso de la fuerza pública para realizar el levantamiento; ii) A fin de efectivizar el acatamiento de la referida Resolución Administrativa, no se observó el debido proceso en lo que concierne al conocimiento de la o de las partes que serían afectadas, quienes tienen el derecho a impugnar mediante los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico; sin embargo, si bien el impetrante de tutela interpuso un recurso de revocatoria que se encuentra en trámite, al existir una acción de hecho, se aplica la excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional; y, iii) La RA 001/2016, en cuanto a las disposiciones que emana, son de carácter genérico y no individual, sin que exista en particular un trámite contra el solicitante de tutela para tomar la determinación de suspensión de su puesto de venta y alegar su defensa, impidiendo su derecho al trabajo y actividad de comercio.