SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1109/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1109/2019-S2

Fecha: 18-Dic-2019

a)

Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia: a) Se ordene el desalojo de los avasalladores dentro de las veinticuatro horas, con el auxilio de la fuerza pública y sea devuelto el bien inmueble; y, b) Se condene a los demandados al pago de daños y perjuicios ocasionados disponiendo la devolución de los materiales de construcción que fueron destruidos.

a) Avasallamientos u ocupaciones por medidas o vías de hecho de predios urbanos o rurales privados o públicos con limitación arbitraria del derecho a la propiedad[3], la perturbación o pérdida de la posesión[4] o tenencia del bien inmueble; b) Cortes de servicios públicos (agua, energía eléctrica, etc.)[5]; y,        c) Desalojos extrajudiciales de viviendas[6]; entre otros supuestos que propician, con un solo hecho (vías de hecho) la repetición crónica de violaciones de una serie de derechos humanos de afectación directa e indirecta, conforme se analizará posteriormente y que ameritan un análisis estructural de este problema (las negrillas son agregadas).