SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1109/2019-S2
Fecha: 18-Dic-2019
II.6.
II.6. Se presentan dos Discos Compactos (CD´s), adheridos en su empaque con doble cara e incorporados en una hoja con el siguiente orden; a) Primer CD es marca Princo, color blanco, que contiene nueve archivos, tres videos cortos, con audio, en el que se ven a varias personas usando instrumentos de construcción -picos- en los terrenos y además se encuentran discutiendo, oyéndose algunos insultos, refiriendo también que vendrá la policía y así también se ve una maquinaria pesada de construcción amarilla, construcciones, material de construcción, etc. y seis fotos digitales que corroboran los videos presentados; y, b) Segundo CD marca Princo, color blanco, contiene un archivo de video que es el mismo donde se ven a las personas discutiendo como en el CD anterior, y donde refirieron que vendrá la policía, y tiene el nombre de “20181009_093610” (fs. 36).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- 1.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1
- I.3.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 15
- 1)
- Fragmento 17
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2.
- i)
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- Fragmento 28
- CONFIRMAR
- 2)
- MAGISTRADA
- Fragmento 32
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas