Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2019-S2
Fecha: 27-Dic-2019
iii)
iii) Incongruencia entre los fundamentos de la parte considerativa con la parte resolutiva; puesto que dieron a entender que el hecho no existió o que el imputado no había participado; sin embargo, los fiscales concluyeron, conforme lo previsto por el art. 304.3 del CPP, que la investigación no había aportado elementos suficientes para fundar una acusación, existiendo contradicción; y,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 10
- III.1. La exigencia de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones del Ministerio Público en la valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- b)
- c)
- conceder
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO