SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2019-S1

Fecha: 11-Dic-2019

III.3.  Otras consideraciones

Resuelta la problemática planteada, éste Tribunal considera pertinente referirse a la evidente dilación en la tramitación de la presente acción tutelar; toda vez que, habiéndose señalado audiencia para el 27 de noviembre de 2018 la misma fue suspendida en reiteradas oportunidades, el 30 de igual mes y año (segunda audiencia), 11 de diciembre de idéntico año (tercera audiencia), 18 de igual mes y año (cuarta audiencia) para finalmente celebrarse el 4 de enero de 2019, desconociendo así la naturaleza sumaria e inmediata de esta acción de defensa. Lo que demuestra que desde la presentación de la acción de amparo constitucional de 21 de noviembre de 2018 (fs. 349 a 365), está fue admitida el 26 de igual mes y año (fs. 380) llevándose a cabo la audiencia de consideración recién el 4 de enero de 2019 (fs. 1140 a 1154 vta.); es decir, cerca de un mes y medio después de la interposición de la presente acción, cuando la audiencia debió realizarse en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde su presentación, conforme lo dispone el art. 129.II, última parte de la Ley Fundamental, concordante con el art. 56 del Código Procesal Constitucional (CPCo).