SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2019-S1

Fecha: 16-Dic-2019

denegó

El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Segundo de Tiquipaya del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución 01/2019 de 21 de enero, cursante de fs. 301 a 309 vta., denegó la tutela solicitada con base en los siguientes fundamentos: 1) La seguridad jurídica al ser un principio no puede ser tutelado por la acción de amparo constitucional, ya que ésta acción tutelar tiene por finalidad proteger los derechos fundamentales y no así principios; 2) En el caso concreto, no existe prueba alguna sobre la vulneración al derecho al trabajo; empero, se advierte la existencia de actos y hechos que han afectado el derecho al ejercicio de la función pública y al no haber sido invocado como derecho vulnerado no se puede ingresar a su análisis de fondo; 3) Para reclamar la nulidad de actos por usurpación de funciones, la acción de amparo constitucional no constituye la vía más idónea; y, 4) El hecho de que la ahora accionante haya asistido a una o varias sesiones está ligado a su función como Concejal electa y sus haberes los percibe como tal, por lo que, no puede considerarse que haya consentido en su destitución de facto de su cargo, por ello no resulta ser evidente la existencia de actos consentidos.