Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2019-O
Fecha: 06-Feb-2019
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por decreto constitucional de 7 de enero de 2019, cursante a fs. 370, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional -tratándose de un asunto resuelto por el anterior Tribunal-, dispuso que los antecedentes de la queja por incumplimiento, pasen a conocimiento de la Sala Plena a efectos de lo previsto por el art. 16.II del Código Procesal Constitucional (CPCo).
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- haber lugar
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para la etapa de ejecución de fallos, un mecanismo procesal idóneo para la denuncia por incumplimiento de decisiones emergentes de acciones tutelares, destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- queja
- Fragmento 12
- III.2. Análisis de la queja por incumplimiento
- 2°
- destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- CONFIRMAR