AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2019-O
Fecha: 06-Feb-2019
III.2. Análisis de la queja por incumplimiento
Del análisis de los antecedentes, se tiene que el precitado fallo constitucional, concedió en parte la tutela al accionante, entendiendo que el Auto de Vista 324/2018 -emitido por los Vocales demandados-, carece de fundamentación y motivación, en razón a que, aplicó de manera “…sesgada y poco analítica e intelectiva de los numerales 6) y 9) del art. 316 del CPP, toda vez que se declara legal la excusa presentada por la Vocal Elena Lowental, por la sola existencia de la denuncia interpuesta por Domingo Flores Flores en su contra, empero se asume tal decisión sin realizar un verdadero análisis respecto a si dicha denuncia se subsume a los presupuestos objetivos establecidos en las causales referidas, más concretamente si cumplen las condicionantes previstas en su parte infin de estos dos preceptos normativos, es decir que la denuncia sea con anterioridad al proceso penal y antes del inicio del proceso; supuestos respecto a los cuales la resolución ahora impugnada guarda absoluto silencio“.
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- haber lugar
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para la etapa de ejecución de fallos, un mecanismo procesal idóneo para la denuncia por incumplimiento de decisiones emergentes de acciones tutelares, destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- queja
- Fragmento 12
- III.2. Análisis de la queja por incumplimiento
- 2°
- destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- CONFIRMAR