SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2019-S4
Fecha: 20-Mar-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 08/2018 de 30 de octubre, cursante de fs. 41 a 44 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Felipe Quispe Huanca y Juan Kelca Aruquipa en representación sin mandato de Richard Vidal, René y Agustín todos Aruquipa Huanca; Fernando Quispe Mamani, Antonio Cayaya Huanca, Andrés Huanca Quispe, Mario Laura Usnayo, Miguel Huanca Quispe, Andrés Quispe Aruquipa, Josefa Aruquipa de Laura, Luis Paucara Huanca, Justina Poma de Paucara, José Aruquipa Paucara, Fermín Aruquipa Condori, Valeriano Mamani Aruquipa, Bernabé Quillca Poma, Teodosio Cayaya Poma, Ramón Huanca Quenta, Dionisio Mamani Huanca, Simón Pucara Laime y Alejandra Aruquipa de Quelca contra Mauricio Elias Copa Ocampo, Juez Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz; y, Débora Olivera Capihuara, Wenceslao Carlos Mariaca Carrasco y Reynaldo Chambi Gutierrez, Fiscales de Materia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- III.1.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad…
- III.2. Análisis del caso concreto
- los impetrantes de tutela
- CONFIRMAR