SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2019-S2

Fecha: 25-Mar-2019

concedió

El Juez Público de Familia Quinto de la Capital del departamento de Oruro, mediante Resolución 05/2018 de 25 de julio, cursante de fs. 215 a 224 vta., concedió la tutela y dispuso la “NULIDAD” del Auto de apertura de juicio oral de 7 de junio de 2018, quedando sin efecto el mismo debiendo en consecuencia Nils Choqueticlla Callahuara, Juez Público de Partido y de Sentencia Penal Primero de Huanuni, en suplencia legal del Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Oruro, emitir un nuevo auto, en el plazo de veinticuatro horas de su notificación, debiendo señalar audiencia de juicio oral en el plazo de cinco días, en mérito a los siguientes fundamentos: 1) Se evidenció un quebrantamiento de lo dispuesto por el art. 393 quater del CPP; y, 2) Al señalar audiencia pública de juicio oral lesionó el debido proceso en su elemento de garantía de acceso a la justicia y el derecho a una justicia, pronta, oportuna y sin dilaciones en mérito a lo dispuesto por el art. 115.I y II de la CPE, de manera que se incumplió con el principio de celeridad establecido en el art. 180.I de la Norma Suprema.