SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

Fragmento 21

               Ahora bien, expuesta la relación entre lo agraviado en el recurso de apelación y su respuesta a través de la Resolución emitida por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, se advierte que el accionante en su recurso de alzada interpuesto, fundamentó sus agravios en el parágrafo III de dicho recurso “VALORACIÓN DEFECTUOSA DE LA PRUEBA DE CARGO Y DESCARGO” (sic), a saber: 1) En cuanto al argumento de que la notificación fue realizada a destiempo a los denunciantes; 2) En cuanto a la posibilidad de suspensión de audiencia mediante decreto sin instalación; 3) En cuanto a la demora en la tramitación de resoluciones de mero trámite; 4) Sobre el momento oportuno de conformar quorum y si había el tiempo necesario para ello; 5) Sobre la instalación de audiencias suspendidas por decreto; y, 6) Sobre el motivo real que dio origen a la demanda.