Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2019-S3
Fecha: 15-Mar-2019
II.1.
II.1. Por Sentencia 26 de 23 de mayo de 2016, se declaró probada la demanda ordinaria de nulidad de contrato de compraventa de inmueble, acción reivindicatoria y cancelación de inscripción en Derechos Reales (DD.RR.), interpuesta por María Marlene Jaguer y José Franz Mazzi Tapia contra Jaime Taborga Jaguer -accionante- en cuyo mérito se dispuso la nulidad del documento de transferencia y la cancelación del registro de propiedad del Asiento A-2, Folio Real con Matrícula 7011990061253-; y, se ordenó al impetrante de tutela la restitución del bien inmueble en el plazo de treinta días (fs. 2 a 4 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional y el principio de inmediatez
- III.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional, por falta de inmediatez
- III.3. Análisis del caso concreto
- DEL ACTO PROCESAL DE NOTIFICACIÓN CON EL AUTO DE VISTA
- CONFIRMAR