SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2019-S3
Fecha: 15-Mar-2019
a)
Solicitó se conceda la tutela: a) Dejando sin efecto el Memorándum PNL.DOC 732/18 de 26 de junio de 2018, Resolución de Homologación del Consejo Universitario 222/2018 de 11 de julio, Resolución Rectoral 407, Resolución 03/2018 de la Comisión Permanente de Apelaciones, y la Resolución 21/2017 de la Comisión Universitaria de Procesos Sala Primera; b) Disponiendo que la Sala antes referida emita una nueva resolución, con restitución en sus funciones de docente; y, c) Se suspenda la tramitación del proceso universitario “CUP 16/12”, hasta que el proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado, concluya en todas sus instancias, a efectos de establecer si los hechos juzgados en la vía ordinaria penal constituyen hechos delictivos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La incongruencia omisiva en las resoluciones de alzada
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.3. Contrastación entre el memorial de apelación y la Resolución 03/2018
- CONFIRMAR