Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2019-RCA
Fecha: 24-Abr-2019
I.4. Resolución de la Sala Constitucional
La Sala Constitucional Segunda del Departamento de Cochabamba, por decreto de 27 de febrero de 2019 (fs. 62), observó la demanda señalando que los peticionantes de tutela deben adjuntar el Acta de asamblea de 14 de diciembre de 2018, bajo alternativa de tenerse por no presentada la acción de defensa.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- entendido éste como la utilización previa de todos los medios y recursos previstos en el ordenamiento jurídico
- ) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR