AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019-O

Fecha: 17-Abr-2019

c)

c)    Respecto al reclamo esgrimido en el recurso de casación, referido a que el Tribunal de alzada solo hubiera valorado la prueba acompañada en la demanda y omitido valorar la confesión provocada del demandado y la declaración voluntaria de Luis García Bonilla, el nuevo Auto Supremo volvió a remitirse a lo expresado en el punto 4 del AS 13/2017, reiterando textualmente el argumento descrito en el indicado punto; limitándose a aclarar que existió un lapsus en el citado Auto Supremo, al manifestar que; si bien no se encuentran expresa e individualmente señalados los mencionados medios probatorios el Tribunal de alzada de manera concreta y precisa, sí se habría pronunciado respecto a las mismas, agregando que el señalado lapsus “no incide en una incongruencia y falta de motivación”; concluyendo nuevamente –como lo hizo en el AS 13/2017– que el reclamo es reiterativo y si se valoró toda la prueba arrimada en obrados, al no haber acreditado los demandados que el demandado participó en las documentales de fs. 12 a 15 del expediente civil; y,