AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2019-O

Fecha: 17-Abr-2019

I.3. Resolución de la queja

La Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimocuarta de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 17 de julio de 2018, cursante de fs. 424 a 426 vta., señaló que la autoridad demandada dictó la RM 0437/2018, dando cumplimiento a la SCP 0228/2017-S2; por lo cual, dio por concluida la tramitación de la acción de amparo constitucional.

Los accionantes y la autoridad demandada fueron notificados con la indicada Resolución, el 7 de agosto de 2018; y por cite OF. Nro. 803/2018 de 28 de igual mes y año, se remitió obrados al Tribunal Constitucional Plurinacional para su conocimiento; consiguientemente, mediante decreto constitucional de 31 del citado mes y año, cursante de fs. 432 a 433, manifestó que la parte accionante no impugnó la Resolución de 17 de julio del referido año; por lo que, no corresponde su revisión, debiendo devolverse el expediente a objeto que cumpla con el correspondiente procedimiento. Consecuentemente, la parte accionante mediante memorial presentado el 14 de enero de 2019 (fs. 441 a 443 vta.), impugnó la citada Resolución, y la Jueza de garantías dictó la providencia de 6 de febrero del mismo año, por la cual, dispuso la remisión de antecedentes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, para su respectiva Resolución.